viernes, 31 de agosto de 2012

Chile. EL MINISTRO DE SALUD SE REUNIÓ CON MACHIS Y LONKOS DE LA ARAUCANÍA PARA ELABORAR EL AUGE MAPUCHE

Ayer | Con cerca de 50 participantes, el ministro Jaime Mañalich se reunió con machis y otros representantes de la salud mapuche de la Araucanía y se acordó constituir una mesa de trabajo para diseñar una propuesta relativa al Auge Mapuche.
En la reunión se abordó el tema del Auge Mapuche.
El ministro de Salud, Jaime Mañalich, se reunió esta mañana con machis, componedores de huesos y otros representantes de la salud mapuche de La Araucanía, con el fin de conocer, desde su visión, cuáles son las enfermedades y tratamientos alternativos que se debieran incorporar en el Auge Mapuche, anunciado por el Presidente Sebastián Piñera, en la Cumbre Social sobre La Araucanía a principios de agosto.

En la reunión participaron cerca de 50 representantes mapuche, los que se manifestaron muy contentos porque "por primera vez eran considerados para la elaboración de una política sanitaria". En el encuentro se acordó constituir una mesa de trabajo para diseñar una propuesta en este tema y también ver de qué manera se van a arancelar las prestaciones otorgadas por las machis o los tratamientos o medicinas empleadas por ellas. 



"Cuando uno revisa la situación de epidemiología y salud pública, de los diferentes pueblos que componen nuestro país y sobre todo cuando va a un pueblo tan grande como el mapuche, se encuentra con que la forma de priorizar produce discriminación, porque algunas enfermedades más frecuentes en el pueblo mapuche no alcanzan a tener una consideración necesaria al momento de incorporarlas al Auge", indicó el ministro. 


Consultado por una fecha probable de la puesta en marcha del Auge Mapuche, el secretario de Estado afirmó que "nos gustaría que alguno de las medicamentos tradicionales o alguna de las patologías propias del pueblo mapuche estuvieran incorporadas en el decreto del Presidente en enero próximo y estamos trabajando lo más rápido que podemos para que eso ocurra".

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Fuente: Diario El Sur de Concepción, Chile

lunes, 13 de agosto de 2012

Colombia. MÁS DE 10.000 INDÍGENAS SE CONGREGAN EN EL CAUCA A LA ESPERA DE QUE SE REANUDE EL DIÁLOGO CON EL GOBIERNO

BOGOTÁ, 12 (EUROPA PRESS)
Más de 10.000 indígenas del departamento del Cauca, situado en el oeste de Colombia, se han reunido este sábado en el resguardo de La Marina, una emblemática propiedad colectiva para los indígenas, a la espera de que se reanude el diálogo con el Gobierno.
La portavoz del Comité Regional Indígena, Ayda Quilcue, ha señalado que, en las próximas horas, se fijará la fecha para la reunión con el Ejecutivo colombiano antes del martes, día en el que mantendrán un encuentro con el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos.
Los indígenas se manifestaron este viernes por las calles de Popayán, la capital departamental, sin inconvenientes, según ha constatado Quilcue, para exigir la pacificación de la región, frecuente escenario de los enfrentamientos entre el Ejército colombiano y los guerrilleros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
La manifestación indígena se vio interrumpida por varios ataques perpetrados supuestamente por las FARC contra dos plantas eléctricas y un puente en el departamento del Cauca. El aumento de la actividad de las FARC en las últimas semanas ha motivado al presidente Santos ha enrocarse en su negativa a replegar a los militares de numerosas zonas del Cauca.
Tanto el Gobierno como los indígenas se han comprometido a alcanzar un acuerdo sobre la soberanía territorial y el respeto de sus derechos, después de que los indígenas desalojaran un puesto de control militar situado en la localidad montañosa de Toribío, en lo que supuso la acción más contundente realizada hasta ahora por el colectivo indígena en Colombia.

martes, 7 de agosto de 2012

Informe de la ONU contra la Argentina: "PERSISTE UNA BRECHA ENTRE EL MARCO NORMATIVO EN MATERIA INDÍGENA Y SU IMPLEMENTACIÓN REAL"


IEl Relator Especial James Anaya, durante la visita a las comunidades Quintriqueo y Paichil Antriao de Villa La Angostura, en noviembre del año pasado
El Relator Especial James Anaya, durante la visita a las comunidades Quintriqueo y Paichil Antriao de Villa La Angostura, en noviembre del año pasado.
Foto: Télam
Lo dijo el Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas de la ONU, James Anaya. Asimismo, exigió al Estado Argentino que “suspendan todos los actos procesales o administrativos de desalojo de comunidades indígenas” así como la "demarcación y el reconocimiento legal" de sus territorios ya que existe allí una “grave inseguridad jurídica".
El Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas de Naciones Unidas, James Anaya, presentó su informe sobre la situación actual de los pueblos indígenas en el país y sostuvo que “persiste una brecha entre el marco normativo establecido en materia indígena y su implementación real”.
Ello más allá de reconocer que el Estado “ha realizado pasos importantes para reconocer los derechos de los pueblos indígenas en el país”. No obstante consignó también la existencia en el país de una “grave inseguridad jurídica de tierras indígenas”.
”La grave inseguridad jurídica de tierras indígenas se ha reflejado en el alto número de desalojos de comunidades indígenas. La mayoría de estos desalojos han sido producto de órdenes judiciales de tribunales provinciales en donde se acusa a miembros de pueblos indígenas de usurpación”, explicó Anaya en el informe.
Por ello, realizó el llamado a que se “suspendan todos los actos procesales o administrativos de desalojo de comunidades indígenas hasta que se realice el proceso de relevamiento técnico-jurídico de las tierras ocupadas por pueblos indígenas”.
Además instó al Estado a “adoptar medidas para prevenir, investigar y sancionar los actos de violencia, las amenazas e intimidaciones contra los miembros de pueblos indígenas, tanto por parte de funcionarios como de particulares”.
En referencia a los emprendimientos agropecuarios y de desarrollo de industrias extractivas en territorios ancestrales, el Relator afirma que “se deben llevar a cabo consultas con las comunidades que puedan verse afectadas” con el objetivo de obtener “su consentimiento libre, previo e informado sobre los aspectos de estos proyectos que afecten sus derechos humanos”.
Asimismo, “se deben tomar medidas adecuadas de mitigación de impactos, reparación y justa compensación a las comunidades indígenas afectadas por los daños ambientales y a la salud ocasionados por los proyectos agropecuarios y extractivos existentes, con el fin de desarrollar nuevos procesos de consulta”.
El documento, que releva la información reunida por Anaya durante su última visita oficial a nuestro país entre el 27 de noviembre y el 7 de diciembre de 2011, fue presentado a través de una videoconferencia, ya que Anaya se encontraba en Suiza, y realizada en la sede que la ONU posee en la Capital Federal.
Opiniones
Desde el Centro de Estudios Sociales y Legales (Cels) se pronunciaron con respecto al informe. Diego Morales, director del área de Derechos Económicos Sociales y Culturales del CELS, explicó que “el informe del Relator cobra especial relevancia en un contexto en el que distintas comunidades indígenas de nuestro país son sometidas a continuos desalojos de sus tierras, como la comunidad diaguita de Indio Colalao la semana pasada en Tucumán”.
Asimismo, destacó que el informe “contempla aristas comunes que presentan los diversos conflictos por las tierras indígenas; como la cesión de tierras tradicionales a particulares por parte del Estado, la ocupación de territorios por familias criollas que desarrollan actividades económicas que afectan el modo de vida de las comunidades que sucede en provincias como Formosa y Salta, y la ausencia de delimitación y titulación completa del territorio”.
Por su parte, el diputado Nacional Jorge Cardelli (Proyecto Sur), destacó la importancia del informe ya que “la situación de ciertas poblaciones en Formosa, Neuquén y Salta es tan crítica y con tan pocas respuestas del Ejecutivo Nacional que se deben agotar todas las instancias internacionales para poder encontrar una resolución, y que se hagan efectivos estos derechos".
Cardelli, presentó un proyecto de Ley para detener los desalojos en los que se ven hostigadas las comunidades originarias y los pequeños campesinos que se encuentra en el Congreso de la Nación.
 Dju


Fuente: Diario Judicial Argentino

jueves, 2 de agosto de 2012

Situación de los pueblos indígenas en Argentina.- "LOS INDÍGENAS, ANTES CAZADORES, AHORA SON 'CAZADOS' POR LOS ESTANCIEROS"


Felix Diaz, lider qom, durante la audiencia ante la CIDH
Son palabras de Félix Diaz, lider Qom, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Allí se celebró una audiencia sobre la situación de los Pueblos Indígenas en el país. Los detalles y el audio completo de la audiencia.

En el marco del 144 periodo de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se realizó una audiencia pública sobre la situación de los Pueblos Indígenas en Argentina. Representantes de organizaciones no gubernamentales y del Estado Argentino estuvieron frente a los comisionados Rodrigo Escobar Gil, Felipe González y Rosa María Ortiz.
La audiencia comenzó con un saludo en mapuzumgun (lengua mapuche) realizado por Verónica Huilipan, del Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (Odhpi), y la palabra de un representante del Cels y de Felix Diaz, líder de la comunidad qom Potae Napocna Navogoh- La Primavera.
Silvina Zimmerman, del Centro de Estudios Sociales y Legales (Cels), sostuvo que “los pueblos indígenas son un grupo relegado que sufren desventajas históricas” y explicó que “cuando realizan estrategias de defensa de sus territorios sufren la criminalización de la Justicia”.
“Pese a la obligación internacional de delimitar y titular las tierras esto no ha sido realizado” explicó y agregó que “se siguen produciendo desalojos, incluso ordenados por el Poder Judicial en contra de la ley 26.160”, ley que establece la emergencia territorial y suspende los desalojos.
Además, “las comunidades indígenas tienen que enfrentar la paradójica situación de que la Justicia los persigue acusándolos por el delito de usurpación en sus propias tierras”, consignó Zimmerman y ejemplificcó con el hecho de que en Neuquén y Río Negro hay cerca de 300 mapuches imputados y perseguidos por la Justicia Penal.
“No existe una norma de ninguna jerarquía que regule procedimientos de consulta y participación” explicó y agregó que de la reunión no participó nadie referente al INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas), como un ejemplo de la actitud del Estado Argentino.
Félix Díaz, líder de la comunidad qom Potae Napocna Navogoh- La Primavera, relató ante la CIDH los ataques padecidos por las comunidades por parte de quienes ocupan las tierras o explotan sus recursos. “Los indígenas nunca fuimos ladrones; todo lo contrario, somos el equilibrio de la naturaleza”, dijo y agregó que “los indígenas, que antes eran cazadores, ahora son ‘cazados’ por los estancieros”.
“Existe un vacío en las políticas públicas. De no ser así, no habría asesinatos, desalojos y violencia”, expresó la referente de la comunidad mapuche, Verónica Huilipan.
Por su parte, por el Estado argentino asistieron representantes de la Cancillería y de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Javier Salgado y Andrea Gualde, quienes presentaron un informe que releva las políticas públicas implementadas desde 2003 para la situación de los pueblos indígenas en la Argentina.
En la actualidad se encuentran relevadas 305 comunidades y más de tres millones de tierras explicó Andrea Gualde. Respecto del acceso a la Justicia explico que en la propuesta de reformas al Códog Civil seiIncorporará de la propiedad indígena al Código Civil.
Los relatores les preguntaron, entre otras cosas, sobre la existencia o no de la consulta previa para los proyectos que afecten a las comunidades indígenas y la utilización de interpretes en las causas judiciales. “Internamente se asumió el convenio 169” pero “el derecho a la consulta no está reglamentado” explicó Verónica Huilipan. Mientras que el Estado no respondió en la audiencia y anunció que responderá por escrito.
“La situación que viven los miembros de los pueblos indígenas en la Argentina había sido motivo de preocupación por diversos organismos internacionales. En 2010 el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de Naciones Unidas llamó la atención por las violaciones a los derechos de esas comunidades, al igual que lo hizo al año siguiente el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
 A su vez, en 2011, la CIDH otorgó medidas cautelares en favor de comunidades indígenas de Formosa y Neuquén, instando a que se garantice la vida, la integridad física y las prácticas religiosas tradicionales, sin amenazas, agresiones u hostigamientos por parte de las policías o particulares”, explica un comunica del CELS.


Fuente: Diario Judicial de Argentina  

miércoles, 1 de agosto de 2012

Reforma constitucional. PRESENTAN INICIATIVA QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PARTICIPACIÓN Y LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS


 El proyecto de reforma constitucional, iniciado por moción de los diputados Arenas, Auth, Chahín, De Urresti,  Jaramillo, Meza, Monckeberg, Teillier, Tuma y  Vargas, expone que uno de los mayores desafíos que tiene el Estado y la Sociedad Chilena cuando cumplimos 200 años de vida republicana e independiente es hacerse cargo del conflicto ético, político, social y jurídico que surgió desde los orígenes con los Pueblos Indígenas de Chile. En tanto, “la única manera de superar los conflictos graves y profundos que socavan la convivencia de las naciones, es habilitando la memoria, recuperando la historia y adoptando las decisiones de reparación moral, jurídica, política y económica que corresponden en proporción al daño causado”, estacando los múltiples esfuerzos que se han realizado para la consecución de dichos fines.

Observa luego que, sin perjuicio de lo anterior “la agudización del conflicto mapuche ha demostrado de manera indesmentible la necesidad que tenemos como Estado de contar con un sistema político que asegure la presencia de representantes de las etnias en las instancias de decisión política y administrativa”.

Con el objeto de subsanar tal situación y llenar un vacío de nuestra legislación que aun no se adecua a los nuevos estándares de la Comunidad Jurídica Internacional en la materia, es que proponen realizar una serie de modificaciones en la Carta Fundamental, de manera tal que se establezca en forma expresa que "el Estado reconoce la existencia de los Pueblos Indígenas, descendientes y continuadores históricos de las sociedades prehispánicas que se desarrollaron en el territorio sobre el que actualmente ejerce soberanía”, donde será “deber del Estado garantizar la preservación de la diversidad étnico cultural de la nación, el ejercicio de la cultura y la identidad de los Pueblos Indígenas, con pleno respeto de la autonomía de sus miembros”, declarando asimismo que “el Estado reconoce y garantiza el ejercicio de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas, su representación política y su participación efectiva en las decisiones que los distintos órganos de la Administración adopten” referidos a tales derechos.

En cuanto a su representación en la Cámara Baja, se generarían 10 miembros “que serán elegidos por los pueblos indígenas en elecciones simultáneas a las parlamentarias. Uno de ellos será electo por el pueblo Rapa Nui; cuatro por los pueblos Aymara, Quechua, Atacameño, Coya y Diaguita y cinco por el pueblo Mapuche, Kawashkar y Yámana, de conformidad a lo dispuesto en la ley orgánica constitucional respectiva”. En tanto, dichos representantes deberán además acreditar ser parte del Pueblo Indígena que se representa. En el mismo sentido, en el caso de su representación en la Cámara Alta, agregarían 4 senadores que serán electos por el pueblo indígena en elecciones simultáneas a las parlamentarias, renovando su mandato cada 4 años.

Por último, en los consejos regionales buscan introducir consejeros regionales representantes de los pueblos indígenas, con idénticas atribuciones a los demás consejeros, entre otras enmiendas que el proyecto de reforma constitucional consulta.



Fuente: Diario Constitucional de Chile

viernes, 20 de julio de 2012

CORTE SUPREMA DE CHILE ORDENA NUEVA VISTA DE REVISIÓN CAUTELAR EN CASO DE COMUNEROS MAPUCHE, EN RELACIÓN CON RECURSO DE AMPARO INTERPUESTA POR ÉSTOS (Fallo de 19 de Julio de 2012)


La Corte Suprema ordenó a la Corte de Apelaciones de Temuco que realice una nueva vista de la resolución que ordenó la prisión preventiva de dos comuneros mapuches del sector de Chekenco.

En fallo de la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministro Milton Juica, Hugo Dolmetsch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito yJuan Escobar (suplente)- determinaron una nueva revisión de la acción cautelar presentada  por los comuneros Rodrigo  Melinao Licán y Héctor Melinao Neculpán.

La resolución determina que la Corte de Apelaciones de Temuco no fundamentó de manera suficiente su decisión de rechazar el recurso de amparo donde se impugnaba otra resolución del mismo tribunal de alzada que había ordenado la prisión preventiva de los dos imputados.

“Que aparece de manifiesto que la resolución impugnada por el presente recurso de amparo, revocatoria de la que denegó la prisión preventiva de los amparados disponiendo, de contrario, dicha medida cautelar, carece en absoluto de fundamentos, incurriendo en una contravención de lo dispuesto en el artículo 36 del Código Procesal Penal que exige al tribunal la fundamentación de las resoluciones que dictare, con la sola excepción de aquellas que se pronunciaren sobre cuestiones de mero trámite, cuyo no es el caso.
Que además, tratándose de la medida cautelar, como la decretada por la primera sala de la Corte de Apelaciones de Temuco, el ordenamiento jurídico es aún más evidente en la exigencia de fundamentación de la resolución en cuanto ésta debe expresar las razones que deban convencer a los justiciables sobre los requisitos para su procedencia, como se lee de las disposiciones contenidas en los artículos 140 y 143 del Código Procesal Penal, de modo que en el presente caso no se ha producido el debido examen de la cuestión debatida, de manera tal que la carencia de fundamentación al amparo de la norma torna en ilegal la privación de libertad que emana de ella”, dice el fallo.

Por lo tanto, se determina que “Se acoge el recurso de amparo deducido a fojas 1 a favor de Rodrigo Eliecer Melinao Licán y Héctor Eurelio Melinao Neculpán, sólo en cuanto se deja sin efecto la resolución que decretó la prisión preventiva de los amparados en audiencia de veintisiete de junio de dos mil doce y en su lugar se dispone que se proceda a una nueva vista de la causa por un tribunal no inhabilitado”.




Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile

martes, 12 de junio de 2012

CORTE SUPREMA DE CHILE RECHAZA RECURSO DE PROTECCIÓN DE COMUNIDAD MAPUCHE CONTRA INSTALACIÓN DE LÍNEA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA (Fallo de 08 de Junio de 2012)


 La Corte Suprema rechazó un recurso de protección presentado por comunidades indígenas mapuches en contra de la instalación de una línea de transmisión eléctrica, entre las comunas de Melipeuco y Freire, en la Región de La Araucanía.

En fallo unánime (causa rol 1602-2012), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda y María Eugenia Sandoval, revocaron la determinación de la Corte de Apelaciones de Temuco, la que había acogido la acción presentada por las comunidades de Tragen Mapu.

La sentencia determina que no existe infracción a la ley al no realizar las consultas a las comunidades indígenas de acuerdo al Convenio 169 de la OIT, ya que el proyecto no se emplazará en terrenos ancestrales, sino que se aprovechará el tendido eléctrico de una línea férrea en desuso.

“Que las comunidades recurrentes pertenecen a la comuna de Freire, en la cual el tendido eléctrico ocupa, como se indicó, el ex ramal ferroviario de la Empresa de Ferrocarriles del Estado, empresa a cuyo favor se encuentran inscritas las propiedades que afectará el proyecto eléctrico en la comuna de Freire. En síntesis, se debe dejar asentado que el área de influencia del proyecto en la comuna de Freire –lugar en que están asentadas las únicas comunidades originarias que se oponen al proyecto- está representada por esta faja ferroviaria en desuso desde 1960 que recorre 54 kilómetros de longitud con un ancho de 20 metros aproximadamente desde la comuna de Freire a Cunco”, dice el fallo.

La resolución agrega que “también habrá de establecerse que los terrenos antes descritos no han sido calificados como indígenas. En efecto, tratándose de un concepto jurídico con contenido antropológico, el artículo 12 de la Ley N° 19.253 ha previsto requisitos jurídicos y de hecho que deben concurrir copulativamente para otorgar la calidad de tierra indígena a un determinado territorio. Así, el mencionado precepto dispone que son tierras indígenas aquellas que las personas o comunidades indígenas actualmente ocupan en propiedad o posesión proveniente de ciertos títulos mencionados en la ley. En estos autos jamás fue materia de discusión que la franja ferroviaria no tiene ocupación indígena actual y, por tanto, no pueden ser consideradas tierras indígenas en los términos que establece el citado 12 de la denominada Ley Indígena”.

Sobre la aplicación del Convenio 169 de la OIT, se sostiene: “En cuanto a la procedencia de la Consulta en los términos exigidos por el Convenio 169 de la OIT, es pertinente recordar que el artículo 6 N° 1 letra a) de ese instrumento dispone que ella procede respecto de los pueblos interesados tratándose de la adopción de medidas “susceptibles de afectarles directamente”. Y según se ha señalado precedentemente, los recurrentes no han explicitado razonablemente cómo les afectaría el proyecto calificado favorablemente por la autoridad ambiental recurrida. De ello se sigue que el reproche de ilegalidad fundado en la omisión de este deber de consulta dispuesto por el mencionado Convenio también ha de ser desestimado”.




Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile