miércoles, 3 de octubre de 2012

CORTE SUPREMA DE CHILE REVOCA SENTENCIA Y ACOGE RECURSO DE PROTECCIÓN POR OCUPACIÓN DE TERRENOS EN TIRÚA, POR NO TENER EL CARÁCTER DE INDÍGENAS Y RESULTAR IMPROCEDENTE LA AUTOTUTELA (Fallo de 02 de Octubre de 2012)


a Corte Suprema acogió recurso de protección presentado por el propietario de un terreno en la zona de Puerto Choque, en Tirúa, en contra de los integrantes de una familia mapuche que mantienen una ocupación del predio.
En fallo unánime (causa rol 5860-2012), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal -Sergio Muñoz, Pedro Pierry, Rosa Egnem, Juan Escobar (suplente) y el abogado integrante Jorge Baraona- acogieron la acción cautelar presentada por el agricultor José Salazar Romero cuyos terrenos están ocupados desde hace varias semanas.
La sentencia determina que los terrenos que se reclaman no son de carácter indígena y, por lo tanto, no se puede recurrir a la autotutela  para reclamar la propiedad de ellos.
“Que en el caso concreto habrá de establecerse que los terrenos sobre los que los recurridos exponen ejercen sus derecho de propiedad no han sido calificados como indígenas. En efecto, tratándose de un concepto jurídico con contenido antropológico, el artículo 12 de la Ley N° 19.253 ha previsto requisitos jurídicos y de hecho que deben concurrir copulativamente para otorgar la calidad de tierra indígena a un determinado territorio. Así, el mencionado precepto dispone que son tierras indígenas aquellas que las personas o comunidades indígenas actualmente ocupan en propiedad o posesión proveniente de ciertos títulos mencionados en la ley. Que en este contexto el denominado “ejercicio del derecho de propiedad” que han desarrollado del predio de José Iván Salazar Romero los recurrentes no encuentra reconocimiento en el ordenamiento jurídico nacional e internacional, pues no existe norma alguna en los mismos que habilite a conjunto alguno de personas para por sí mismos alterar y vulnerar derechos pre constituidos, pues aceptar ello es validar la autotutela, medio de resolución de conflictos relevantes jurídicamente proscrito en nuestro sistema jurídico procesal”, dice el fallo.
La resolución agrega: “En razón de lo concluido, el acto realizado por los recurridos consistente en una ocupación del terreno de propiedad del recurrido importa y constituye una acción ilegal de autotutela pues a través de una vía de hecho se altera y lesiona una situación preexistente sin que exista habilitación legal o judicial para ello, debiendo en consecuencia ser calificada como arbitraria y atentatoria de la garantía cautelada en el artículo 19 Nº 24° de la Constitución Política de la República. Al respecto cabe consignar que la legislación contempla las acciones y procedimientos adecuados para obtener judicialmente el reconocimiento de tierra indígena del inmueble en cuestión, y mientras ellos no sean ejercidos no resulta lícito proceder como se ha hecho, ello pues el proceso, en tanto exclusión de la autotuleta cumple dos objetivos: por un lado la satisfacción de los intereses subjetivos de los involucrados; y por otro, la actuación del derecho objetivo para mantener la observancia de la ley”.
Razonamientos que llevan a la sala a ordenar cesar la ocupación. “Y de conformidad además con lo que disponen el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada de dieciocho de julio de dos mil doce, escrita a fojas 62, y se acoge el recurso de protección deducido en lo principal de la presentación de fojas 4, debiendo los recurridos cesar en la ocupación del inmueble propiedad del recurrente, sin costas”.





Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile

miércoles, 26 de septiembre de 2012

CORTE DE PUERTO MONTT RECHAZA RECURSO DE PROTECCIÓN DE COMUNIDAD INDÍGENA POR USO DE BORDE COSTERO (Fallo de 25 de Septiembre de 2012)


La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó un recurso de protección presentado por la Comunidad Mapuche Huilliche Folil Trincao en contra de la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC), por no acceder a las solicitudes de uso especial de 10 zonas de la comuna de Quellón.

En el fallo (causa rol 161-2012), los ministros Jorge Ebensperger, Leopoldo Vera y el abogado integrante Mauricio Cárdenas, rechazaron la acción cautelar por considera que no hubo actuar ilegal en la resolución que sólo otorgó acceso a 3 de las 10 zonas solicitadas por la comunidad de acuerdo a la Espacio Costero Marino de Pueblos Originarios (ECMPO).

“Que, conforme al mérito de los documentos acompañados, aparece que el acuerdo adoptado en sesión de fecha 19 de junio de 2012, materializado en Resolución Exenta N°2062, tuvo un procedimiento previo, legalmente tramitado, en que se cumplieron cada uno de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de la ley 20.249, ya que conforme consta a fojas 99 y siguientes la Subsecretaría de Pesca emitió informe técnico respecto de la sobreposición de la solicitud de Espacio Costero con concesiones de acuicultura, marítimas o áreas de manejo otorgadas a titulares distintos del solicitante, luego a fojas 62 y siguientes rola oficio N°700 de CONADI en que se remite informe respecto del uso consuetudinario del sector, asimismo a fojas 33 y siguientes rola oficio de CONADI respecto de la consulta a las comunidades indígenas próximas al Espacio Costero Marino solicitado, siendo desde este punto de vista el actuar del recurrido plenamente legal”, dice el fallo.

La resolución agrega: “Asimismo, y conforme se desprende de lo dispuesto en el artículo 8 inciso décimo y undécimo de la ley 20.249, la actuación de la recurrida al dicta la Resolución Exenta N°2062 de fecha 28 de junio de 2012 que rechaza parcialmente el recurso de reclamación de los recurrentes, se enmarca dentro de sus facultades, pues ésta no sólo puede rechazar la solicitud en cuestión sino que además proponer modificaciones; rechazo parcial que por lo demás, según se desprende de la Sesión de fecha 19 de junio de 2012 ( fojas 142 ), materializado en la indicada Resolución Exenta N°2062 (fojas 145) , fue objeto de análisis y discusión por parte de los miembros de la Comisión Regional de Usos del Borde Costero de la Región de Los Lagos, oyendo a los representantes de las Comunidades Indígenas, para luego proceder a la votación; decisión que goza en consecuencia de fundamento, y no siendo por tanto arbitrario su actuar”.

Además, se señala que “Respecto a la vulneración de la garantía del artículo 19 N°8 de la Constitución Política de la República esgrimida por el recurrente atendida la naturaleza de la misma, esta Corte estima que la Resolución Exenta N°2062, por sí misma no es apta para vulnerar derechos constitucionales, y teniendo además en consideración que la impugnación se basa exclusivamente en un infundado recelo del recurrente que con motivo de la indicada resolución exenta se podría producir aquella vulneración fundamental, puesto que para ello ocurra, supone una actividad, obra o proyecto efectivamente materializado, y que la supuesta contaminación sea además consecuencia de dicha resolución, cuestión que no se encuentra acreditada en la especie. Que, finalmente y conforme a los antecedentes no se vislumbra la existencia por parte de la recurrida, de algún acto arbitrario o ilegal que pueda haber ocasionado en el actor conculcación de las garantías constitucionales que esta acción resguarda y que amerite la intervención de esta Corte mediante el otorgamiento de providencias de emergencias, a fin de restablecer la legalidad quebrantada, por lo que el presente recurso será rechazado”.




Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile

domingo, 2 de septiembre de 2012

LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS POR LOS PUEBLOS ORIGINARIOS


La Comisión Interamericana de Derechos Humano realizó un llamado para “velar por el respeto y garantía de los derechos humanos de los pueblos indígenas”, "la protección de las tierras que han ocupado históricamente” y el “derecho a la consulta previa, libre e informada”.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó un llamado “a velar por el respeto y garantía de los derechos humanos de los pueblos indígenas” y destacó que, en especial, se debe respetar “sus derechos a la protección de las tierras que han ocupado históricamente y los recursos naturales de esos territorios”.
El llamamiento del organismo internacional se da en el marco de la celebración, el 9 de agosto pasado, del Día Internacional de los Pueblos Indígenas. Desde la CIDH también expresaron la necesidad de que los estados miembros de la OEA respeten también “derecho a la consulta previa, libre e informada con respecto a las decisiones que puedan afectarlos”.
Desde la CIDH platearon su “preocupación” por “la situación de pobreza y pobreza extrema en la que se encuentra un alto porcentaje de la población indígena en el continente, expresada particularmente en la desnutrición crónica de niñas y niños indígenas”.
“La protección del derecho a la propiedad de los pueblos indígenas sobre sus territorios ancestrales es un asunto de especial importancia para la CIDH. Esto se debe a que el goce efectivo de este derecho implica no sólo la protección de una unidad económica sino de los derechos humanos de una colectividad que basa su desarrollo económico, social y cultural en la relación con la tierra”, destaca un comunicado difundido por la organización internacional.
“El goce efectivo del derecho a la propiedad comunal de los pueblos indígenas y tribales sobre las tierras que han usado y ocupado tradicionalmente, resulta fundamental que los Estados garanticen el derecho de los pueblos indígenas y tribales a la consulta previa, libre e informada con respecto a las medidas administrativas o legislativas susceptibles de afectarlos, implementada de acuerdo a sus costumbres y tradiciones”, añade el documento.
Asimismo, la CIDH “observa con preocupación los diversos conflictos sociales que surgen por intereses de terceros en los recursos naturales que se encuentran en territorios indígenas” ya que, para el organismo, estas situaciones “se encontrarían vinculadas a la falta de medidas adecuadas que permitan hacer efectivos los derechos de los pueblos indígenas”.
Por todo ello la CIDH llamó “a los Estados de las Américas a poner en vigencia mecanismos legales e institucionales que permitan proteger efectivamente los territorios y recursos naturales ocupados históricamente por los pueblos indígenas, a través del reconocimiento, titulación, demarcación y delimitación de tierras de su propiedad colectiva”.

Fuente: Diario Judicial de Argentina 

viernes, 31 de agosto de 2012

DENUNCIAN MASACRE DE UNOS 80 INDÍGENAS YANOMAMI EN AMAZONAS

Una organización que agrupa a indígenas Yanomami denunció la matanza en julio de unos 80 miembros de esta etnia a manos de mineros ilegales brasileños en una zona selvática de 

Amazonas, informó a la AFP su secretario ejecutivo, Luis Ahiwei.

"El 5 de julio, los garimpeiros (mineros ilegales) quemaron el shabono (choza circular) donde habitaban aproximadamente 80 personas", dijo Ahiwei, vocero de Horonami Organización Yanomami (HOY), destacando que los cuerpos quedaron "quemados" y "no se identificaron".

Según el activista, con un helicóptero los mineros "de repente se posicionaron encima del shabono y sonaron disparos y salieron explosiones por toda la comunidad" Irotatheri, ubicada en el alejado y selvático sector Momoi del estado Amazonas, fronterizo con Brasil.

La comunidad "fue masacrada", apuntó.

El conflicto se originó días antes, cuando los mineros "se llevaron una mujer (yanomami) y los indígenas la rescataron. Por eso los mineros se armaron", señaló Ahiwei.

HOY, que agrupa desde 2011 a un centenar de comunidades yanomami, denunció el presunto ataque ante la Fiscalía, la Defensoría del Pueblo y el Ejército, y solicitó a los gobiernos de Brasil y Venezuela crear una comisión binacional para investigar los hechos y expulsar a los mineros.

Las organizaciones indígenas del estado Amazonas (Coiam) lamentaron la situación y señalaron que desde 2009 han denunciado agresiones de garimpeiros contra las comunidades yanomami, que habrían sido víctimas de violencia física, amenazas, secuestro de mujeres y contaminación de agua con mercurio, según un comunicado.

Bandas de garimpeiros proliferan en las minas artesanales de oro y diamantes ubicadas en los recónditos y poco custodiados parajes del sur de Venezuela.


Fuente: Canal de Televisión Globovision de Venezuela

Chile. EL MINISTRO DE SALUD SE REUNIÓ CON MACHIS Y LONKOS DE LA ARAUCANÍA PARA ELABORAR EL AUGE MAPUCHE

Ayer | Con cerca de 50 participantes, el ministro Jaime Mañalich se reunió con machis y otros representantes de la salud mapuche de la Araucanía y se acordó constituir una mesa de trabajo para diseñar una propuesta relativa al Auge Mapuche.
En la reunión se abordó el tema del Auge Mapuche.
El ministro de Salud, Jaime Mañalich, se reunió esta mañana con machis, componedores de huesos y otros representantes de la salud mapuche de La Araucanía, con el fin de conocer, desde su visión, cuáles son las enfermedades y tratamientos alternativos que se debieran incorporar en el Auge Mapuche, anunciado por el Presidente Sebastián Piñera, en la Cumbre Social sobre La Araucanía a principios de agosto.

En la reunión participaron cerca de 50 representantes mapuche, los que se manifestaron muy contentos porque "por primera vez eran considerados para la elaboración de una política sanitaria". En el encuentro se acordó constituir una mesa de trabajo para diseñar una propuesta en este tema y también ver de qué manera se van a arancelar las prestaciones otorgadas por las machis o los tratamientos o medicinas empleadas por ellas. 



"Cuando uno revisa la situación de epidemiología y salud pública, de los diferentes pueblos que componen nuestro país y sobre todo cuando va a un pueblo tan grande como el mapuche, se encuentra con que la forma de priorizar produce discriminación, porque algunas enfermedades más frecuentes en el pueblo mapuche no alcanzan a tener una consideración necesaria al momento de incorporarlas al Auge", indicó el ministro. 


Consultado por una fecha probable de la puesta en marcha del Auge Mapuche, el secretario de Estado afirmó que "nos gustaría que alguno de las medicamentos tradicionales o alguna de las patologías propias del pueblo mapuche estuvieran incorporadas en el decreto del Presidente en enero próximo y estamos trabajando lo más rápido que podemos para que eso ocurra".

»Ver más de #SALUDINTERCULTURAL


Fuente: Diario El Sur de Concepción, Chile

lunes, 13 de agosto de 2012

Colombia. MÁS DE 10.000 INDÍGENAS SE CONGREGAN EN EL CAUCA A LA ESPERA DE QUE SE REANUDE EL DIÁLOGO CON EL GOBIERNO

BOGOTÁ, 12 (EUROPA PRESS)
Más de 10.000 indígenas del departamento del Cauca, situado en el oeste de Colombia, se han reunido este sábado en el resguardo de La Marina, una emblemática propiedad colectiva para los indígenas, a la espera de que se reanude el diálogo con el Gobierno.
La portavoz del Comité Regional Indígena, Ayda Quilcue, ha señalado que, en las próximas horas, se fijará la fecha para la reunión con el Ejecutivo colombiano antes del martes, día en el que mantendrán un encuentro con el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos.
Los indígenas se manifestaron este viernes por las calles de Popayán, la capital departamental, sin inconvenientes, según ha constatado Quilcue, para exigir la pacificación de la región, frecuente escenario de los enfrentamientos entre el Ejército colombiano y los guerrilleros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
La manifestación indígena se vio interrumpida por varios ataques perpetrados supuestamente por las FARC contra dos plantas eléctricas y un puente en el departamento del Cauca. El aumento de la actividad de las FARC en las últimas semanas ha motivado al presidente Santos ha enrocarse en su negativa a replegar a los militares de numerosas zonas del Cauca.
Tanto el Gobierno como los indígenas se han comprometido a alcanzar un acuerdo sobre la soberanía territorial y el respeto de sus derechos, después de que los indígenas desalojaran un puesto de control militar situado en la localidad montañosa de Toribío, en lo que supuso la acción más contundente realizada hasta ahora por el colectivo indígena en Colombia.

martes, 7 de agosto de 2012

Informe de la ONU contra la Argentina: "PERSISTE UNA BRECHA ENTRE EL MARCO NORMATIVO EN MATERIA INDÍGENA Y SU IMPLEMENTACIÓN REAL"


IEl Relator Especial James Anaya, durante la visita a las comunidades Quintriqueo y Paichil Antriao de Villa La Angostura, en noviembre del año pasado
El Relator Especial James Anaya, durante la visita a las comunidades Quintriqueo y Paichil Antriao de Villa La Angostura, en noviembre del año pasado.
Foto: Télam
Lo dijo el Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas de la ONU, James Anaya. Asimismo, exigió al Estado Argentino que “suspendan todos los actos procesales o administrativos de desalojo de comunidades indígenas” así como la "demarcación y el reconocimiento legal" de sus territorios ya que existe allí una “grave inseguridad jurídica".
El Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas de Naciones Unidas, James Anaya, presentó su informe sobre la situación actual de los pueblos indígenas en el país y sostuvo que “persiste una brecha entre el marco normativo establecido en materia indígena y su implementación real”.
Ello más allá de reconocer que el Estado “ha realizado pasos importantes para reconocer los derechos de los pueblos indígenas en el país”. No obstante consignó también la existencia en el país de una “grave inseguridad jurídica de tierras indígenas”.
”La grave inseguridad jurídica de tierras indígenas se ha reflejado en el alto número de desalojos de comunidades indígenas. La mayoría de estos desalojos han sido producto de órdenes judiciales de tribunales provinciales en donde se acusa a miembros de pueblos indígenas de usurpación”, explicó Anaya en el informe.
Por ello, realizó el llamado a que se “suspendan todos los actos procesales o administrativos de desalojo de comunidades indígenas hasta que se realice el proceso de relevamiento técnico-jurídico de las tierras ocupadas por pueblos indígenas”.
Además instó al Estado a “adoptar medidas para prevenir, investigar y sancionar los actos de violencia, las amenazas e intimidaciones contra los miembros de pueblos indígenas, tanto por parte de funcionarios como de particulares”.
En referencia a los emprendimientos agropecuarios y de desarrollo de industrias extractivas en territorios ancestrales, el Relator afirma que “se deben llevar a cabo consultas con las comunidades que puedan verse afectadas” con el objetivo de obtener “su consentimiento libre, previo e informado sobre los aspectos de estos proyectos que afecten sus derechos humanos”.
Asimismo, “se deben tomar medidas adecuadas de mitigación de impactos, reparación y justa compensación a las comunidades indígenas afectadas por los daños ambientales y a la salud ocasionados por los proyectos agropecuarios y extractivos existentes, con el fin de desarrollar nuevos procesos de consulta”.
El documento, que releva la información reunida por Anaya durante su última visita oficial a nuestro país entre el 27 de noviembre y el 7 de diciembre de 2011, fue presentado a través de una videoconferencia, ya que Anaya se encontraba en Suiza, y realizada en la sede que la ONU posee en la Capital Federal.
Opiniones
Desde el Centro de Estudios Sociales y Legales (Cels) se pronunciaron con respecto al informe. Diego Morales, director del área de Derechos Económicos Sociales y Culturales del CELS, explicó que “el informe del Relator cobra especial relevancia en un contexto en el que distintas comunidades indígenas de nuestro país son sometidas a continuos desalojos de sus tierras, como la comunidad diaguita de Indio Colalao la semana pasada en Tucumán”.
Asimismo, destacó que el informe “contempla aristas comunes que presentan los diversos conflictos por las tierras indígenas; como la cesión de tierras tradicionales a particulares por parte del Estado, la ocupación de territorios por familias criollas que desarrollan actividades económicas que afectan el modo de vida de las comunidades que sucede en provincias como Formosa y Salta, y la ausencia de delimitación y titulación completa del territorio”.
Por su parte, el diputado Nacional Jorge Cardelli (Proyecto Sur), destacó la importancia del informe ya que “la situación de ciertas poblaciones en Formosa, Neuquén y Salta es tan crítica y con tan pocas respuestas del Ejecutivo Nacional que se deben agotar todas las instancias internacionales para poder encontrar una resolución, y que se hagan efectivos estos derechos".
Cardelli, presentó un proyecto de Ley para detener los desalojos en los que se ven hostigadas las comunidades originarias y los pequeños campesinos que se encuentra en el Congreso de la Nación.
 Dju


Fuente: Diario Judicial Argentino