jueves, 14 de agosto de 2014

CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCIÓN ACOGIÓ RECURSO DE AMPARO PRESENTADO POR COMUNEROS MAPUCHE CONTRA CARABINEROS DE CHILE DE LA PREFECTURA DE ARAUCO. SE CONTEMPLARON MEDIDAS

   Los tres comuneros mapuches  fueron heridos por bala e internados en el Hospital Regional, y Carabineros concurrió a un operativo policial el sábado 19 de julio pasado, hasta el cruce Collico, sector Huentelolén, comuna de Cañete, alertados de la comisión de un supuesto hurto de madera en el lugar.

   En fallo unánime, la Sexta Sala del Tribunal de Alzada consideró que el procedimiento policial fue efectuado "sin orden de entrada y registro, sin orden de detención y en ausencia de un parte policial que dé cuenta de estos hechos", en los que resultaron heridos los comuneros: Julio Iván Sánchez Huenchuleo, César Alexis Millanao Huenul y Osvaldo Ñehuey Machacán.

   Se agrega: "tampoco hay constancia de la comisión del algún ilícito por parte de los amparados por lo que el uso excesivo, por parte del contingente policial, de la fuerza de las armas para dar cumplimiento a una labor policial fue absolutamente desproporcionada, excediendo sus facultades… en estas condiciones, la violencia desplegada por la policía, excedió el marco de lo aceptable con lo cual afectó derechos y garantías de terceros. Dichas actuaciones provocaron un evidente detrimento a la libertad personal y seguridad individual de los comuneros afectados, que autoriza a la magistratura dictar las medidas conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de los afectados, como lo dispone el artículo 21 de la Constitución Política de la República".

   Junto con acogerse el recurso de amparo, los antecedentes fueron derivados al Ministerio Público, y comunicado lo resuelto al general de Carabineros de la Octava Zona Bío Bío, con el fin de que instruya los sumarios administrativos correspondientes.

   TEXTO COMPLETO DE LA SENTENCIA

   Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile.

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